Condiciones generales de contratación y suministro

de Reichmann & Sohn GmbH, Rudolf-Diesel-Straße 6-8, 89264 Weißenhorn, Alemania

I.   Validez

1.   Las siguientes condiciones se aplican exclusivamente a todas las ofertas presentadas por nosotros y a todos los contratos celebrados con nosotros.

2.   Las condiciones de compra u otras condiciones del cliente sólo se aplicarán si las confirmamos expresamente.

II.   Ley de la Cadena de Suministro, Código de Conducta

1.   Como empresa que opera a nivel mundial, cumplimos las normas de comercio internacional para la circulación de productos, tecnología, software e información técnica, y también exigimos este comportamiento a nuestros clientes, proveedores y socios comerciales.

2.   Reichmann & Sohn GmbH especifica a sus proveedores que los procesos, productos y servicios deben diseñarse de acuerdo con las normas sociales (teniendo en cuenta la Carta de los Derechos Humanos de la ONU), ecológicas y económicas más estrictas posibles. Desde la producción hasta la eliminación, esto garantiza el menor impacto posible sobre el medio ambiente y las personas.

III.  Conclusión del contrato

1.   Todas nuestras ofertas, en particular en un sitio web o en catálogos, documentos de venta o en Internet, no son vinculantes. Deben considerarse legalmente como una invitación a presentar ofertas.

2.  Las promesas verbales realizadas por el vendedor antes de la celebración de este contrato no son jurídicamente vinculantes y los acuerdos verbales entre las partes contratantes se sustituyen por el texto del contrato, a menos que de éste se desprenda claramente que los acuerdos verbales siguen siendo vinculantes. Las adiciones y modificaciones a los acuerdos celebrados, incluidas las presentes condiciones, deben realizarse por escrito para que sean efectivas.

3.   Los pedidos se considerarán aceptados si son confirmados por nosotros por escrito o ejecutados a tiempo tras la recepción del pedido. En este último caso, el albarán de entrega y su contenido se considerarán la confirmación del pedido.

4.   Los detalles de dimensiones, pesos y rendimiento, ilustraciones y dibujos son aproximados, a menos que los designemos como vinculantes.

5.   Nos reservamos derechos ilimitados de propiedad y de utilización de los derechos de autor sobre las propuestas de costes, planos, dibujos de diseño y otros documentos; sólo podrán ponerse a disposición de terceros con nuestro consentimiento y deberán devolverse inmediatamente si no se celebra un contrato.

6.   Nos reservamos el derecho a realizar cambios en el diseño o la forma durante el plazo de entrega, siempre que se trate de cambios insignificantes en el rendimiento y sean razonables para el cliente.

IV. Entrega

1. Los plazos y fechas de las entregas y servicios prometidos por nosotros son siempre sólo aproximados, a menos que se haya acordado expresamente una fecha fija de calendario. En el caso de los envíos, los plazos y fechas de entrega se refieren al momento de la entrega al transportista, transportista u otro tercero encargado del transporte.

2.   Los plazos de entrega no comenzarán hasta que todos los detalles de la ejecución se hayan aclarado por completo. El cumplimiento de los plazos de entrega requiere el cumplimiento de las obligaciones contractuales por parte del cliente; en particular, el pago de un anticipo acordado y la entrega a tiempo de los documentos necesarios.

3.   En caso de retrasos en la entrega y en el cumplimiento debidos a fuerza mayor o a acontecimientos de los que no seamos culpables y que nos dificulten considerablemente la entrega o nos la imposibiliten temporalmente -esto incluye, en particular, huelgas, cierres patronales, órdenes oficiales, interrupciones del transporte, etc.-, incluso si se producen en las instalaciones de nuestros proveedores o suministradores. -incluso si se producen en nuestros proveedores o subcontratistas, el plazo acordado se ampliará en una medida razonable. Si el impedimento para el cumplimiento dura más de 3 meses, ambas partes contratantes tendrán derecho a rescindir el contrato total o parcialmente. Quedan excluidas las reclamaciones por daños y perjuicios. Lo mismo se aplica si nuestro proveedor no nos suministra o no nos suministra a tiempo, sin que nosotros seamos culpables.

4.   Nos esforzaremos por cumplir los plazos de entrega acordados. Si incumplimos culpablemente los plazos de entrega, el cliente está obligado a fijarnos un plazo de gracia razonable. Si el plazo expira sin resultado, el cliente podrá rescindir el contrato y/o exigir una indemnización por daños y perjuicios y/o el reembolso de los gastos. La reclamación del cliente por daños y/o reembolso de gastos estará limitada de acuerdo con la responsabilidad general según la Sección VII).

5.   Las entregas y servicios parciales están permitidos en una medida razonable.

6.   Si el envío se retrasa por causas imputables al cliente, se podrá cobrar una tasa de almacenamiento del 0,5% del importe de la factura por cada mes o parte del mismo, hasta un máximo del 5% del importe de la factura. Esto no excluye la reclamación de daños y perjuicios superiores. El cliente tendrá derecho a demostrar que no se ha producido ningún daño o un daño considerablemente menor.

7.   Si el cliente se niega culpablemente a cumplir el contrato, tendremos derecho a exigir una indemnización por incumplimiento del 20% del valor del pedido, IVA excluido. Esto no excluye la reclamación de daños superiores. El cliente tendrá derecho a demostrar que no se han producido daños o que éstos han sido considerablemente inferiores.

V. Precios, condiciones de pago, compensación

1.   En caso de duda, nuestros precios son precios netos más el IVA legal.

2.   Todos los derechos de aduana, impuestos o cargos similares derivados de nuestras entregas y servicios en el país del cliente correrán a cargo del cliente.

3.   Los importes de las facturas deberán abonarse en un plazo de 16 días a partir de la fecha de la factura, sin deducción alguna, salvo que se acuerde expresamente otra cosa. La recepción del pago por nuestra parte será determinante para la puntualidad del pago. Una vez vencido el plazo, el cliente incurrirá en mora incluso sin requerimiento.

4.   Si transcurren más de 4 meses entre la celebración del contrato y el inicio de su cumplimiento, nos reservamos el derecho a aumentar nuestros precios adecuadamente si se producen aumentos de costes, en particular aumentos de precios de materiales y materias primas, costes de personal, fabricación y transporte, después de la celebración del contrato. A petición del cliente, le proporcionaremos pruebas de dichos aumentos.

5.   El cliente sólo podrá compensar las reclamaciones que sean indiscutibles para nosotros o que hayan sido reconocidas por sentencia declaratoria. Queda excluida la afirmación de un derecho de retención debido a contrademandas impugnadas o no establecidas legalmente, a menos que estas demandas se basen en la misma relación contractual.

6.   Reichmann & Sohn GmbH  se reserva el derecho a comprobar la solvencia del cliente y, en caso necesario, a excluir determinados métodos de pago. Dentro de las explicaciones sobre protección de datos, nos referimos expresamente a la transferencia de datos a/de terceros proveedores con este fin.

7. Tenemos derecho a ejecutar o prestar entregas o servicios pendientes sólo contra pago por adelantado o prestación de garantía si, tras la conclusión del contrato, tenemos conocimiento de circunstancias que tengan un impacto negativo significativo en la solvencia del cliente y que pongan en peligro el pago de nuestras reclamaciones pendientes por parte del cliente derivadas de la relación comercial.

VI.  Transporte, transferencia del riesgo, aceptación

1. El transporte correrá a cargo del cliente. Salvo acuerdo en contrario, la ruta y los medios de envío serán a nuestra discreción. En caso de entrega de mercancías, el riesgo pasará al cliente, incluso si se ha acordado la entrega a portes pagados, tan pronto como las mercancías hayan salido de nuestra fábrica o el cliente se demore en la aceptación. Esto también se aplica a las entregas parciales y si encargamos el transporte a nuestro propio personal. Si el envío se retrasa por causas imputables al cliente, el riesgo pasará al cliente 5 días después de la notificación de la disponibilidad real para la entrega. Lo mismo se aplicará en caso de que la mercancía sea entregada en fábrica por un tercero encargado por nosotros.

2. El destinatario deberá notificar al transportista cualquier daño producido durante el transporte antes del pago del flete y antes de la aceptación de la mercancía. El destinatario debe notificar al transportista, en el plazo de 1 semana a partir de la entrega, cualquier daño o falta en la mercancía que no sea reconocible externamente en el momento de la aceptación.

3. Sólo aseguraremos la entrega contra robo, rotura, transporte, incendio y daños por agua u otros riesgos asegurables a petición expresa del cliente y por cuenta de éste.

4. Si la aceptación se retrasa en la prestación de los servicios de trabajo por causas imputables al cliente, se considerará que la aceptación ha tenido lugar si ha transcurrido sin resultado un plazo razonable fijado por nosotros para que el cliente lleve a cabo la aceptación, pero a más tardar 3 meses después de la finalización del trabajo.

VII. Notificación de defectos, responsabilidad por defectos

1.   Las especificaciones de calidad, por ejemplo, relativas a dimensiones, peso y otras especificaciones técnicas, sólo deben entenderse como descripciones de calidad y no implican la asunción de una garantía. El cliente es responsable de comprobar si la mercancía es adecuada para sus fines.

2.   Las mercancías entregadas por nosotros deben ser inspeccionadas cuidadosamente por el cliente en cuanto a cantidad, defectos y calidad inmediatamente después de su recepción. Se considerarán aprobadas si no se nos notifican reclamaciones reconocibles por escrito inmediatamente, a más tardar en el plazo de 1 semana desde la recepción de la mercancía o, si una reclamación se manifiesta más tarde, tras su descubrimiento. Esto no se aplicará si se ha acordado expresamente la aceptación. Si el cliente descubre un defecto en la mercancía, no podrá disponer de ella, es decir, no podrá dividirla, revenderla ni procesarla posteriormente.

3.   En caso de defectos en la mercancía entregada o en el trabajo realizado, podemos optar por un cumplimiento posterior subsanando el defecto o entregando un artículo libre de defectos. Podemos, a nuestra discreción, exigir que la mercancía defectuosa nos sea enviada para su reelaboración o sustitución con posterior devolución -a nuestro cargo- o que el cliente mantenga la mercancía defectuosa preparada y la reelaboración o sustitución sea llevada a cabo allí por nosotros o por una persona autorizada por nosotros. El cliente tendrá derecho a ello si no es razonable que nos envíe la mercancía. Los gastos necesarios para el cumplimiento posterior (en particular, los costes de transporte, desplazamiento, mano de obra y material) correrán de nuestra cuenta. Esto no se aplicará al aumento de los gastos ocasionados por el traslado de la mercancía a un lugar distinto del lugar de residencia o establecimiento comercial del cliente después de la entrega, a menos que el traslado fuera conforme al uso previsto de la mercancía.

4.   En caso de incumplimiento, es decir, imposibilidad, negativa grave y definitiva, retraso injustificado o intento infructuoso de cumplimiento posterior, el cliente tendrá derecho a reducir el precio de compra o, a su elección, a rescindir el contrato. Se considerará que existe un retraso irrazonable si el contratista no proporciona el cumplimiento posterior dentro de un plazo razonable establecido. El desistimiento queda excluido si el objeto de la responsabilidad por defectos es un servicio de construcción.

5.   Si un defecto se debe a nuestra culpa o a una culpa que nos sea imputable, el cliente podrá exigir una indemnización por daños y perjuicios o el reembolso de los gastos en las condiciones especificadas en la Sección VII.

6.   El plazo de prescripción de las reclamaciones por defectos es de 12 meses. En caso de defecto en los casos del § 438 Párr. 1 nº 2 BGB (edificios y elementos para edificios) o § 634a Párr. 1 nº 2 BGB (edificios y servicios de planificación o supervisión de edificios), el plazo de prescripción será de cinco años. Si la reclamación por defectos depende de una falta, el plazo de prescripción se aplicará de acuerdo con el § 7 nº 4.

7.   Cualquier entrega de bienes usados acordada con el cliente en casos individuales se realizará con exclusión de todas las reclamaciones por defectos materiales.

VIII. Responsabilidad general

1.   En caso de incumplimiento del deber, sólo seremos responsables de los daños y perjuicios o del reembolso de los gastos -sujeto a los demás requisitos contractuales y legales de responsabilidad- en caso de dolo o negligencia grave. Esto no se aplicará si el incumplimiento del deber se refiere a una obligación contractual esencial (obligación contractual cuyo incumplimiento pone en peligro la consecución de la finalidad del contrato y en cuyo cumplimiento pueden confiar regularmente las partes contratantes) o garantía o da lugar a responsabilidad por daños resultantes de lesiones a la vida, el cuerpo o la salud o en la medida en que seamos responsables en virtud de la Ley de Responsabilidad por Productos Defectuosos.

2.   En caso de responsabilidad por incumplimiento negligente de una obligación contractual esencial, la responsabilidad se limitará a los daños previsibles en el momento de la celebración del contrato.

3.   Las exclusiones y limitaciones de responsabilidad anteriores se aplicarán en la misma medida a favor de nuestros órganos ejecutivos, representantes legales, empleados, auxiliares ejecutivos y otros agentes.

4.   El plazo de prescripción para todas las reclamaciones por daños y perjuicios o reembolso de gastos contra nosotros, independientemente de los motivos legales, es de 12 meses, a menos que seamos responsables por dolo o negligencia grave o por daños resultantes de lesiones a la vida, la integridad física o la salud o en virtud de la Ley de Responsabilidad por Productos Defectuosos.

IX. Reserva de dominio

1.   La reserva de dominio acordada a continuación sirve para garantizar todas nuestras reclamaciones existentes, actuales y futuras contra el cliente derivadas de la relación comercial con el cliente (incluidas las reclamaciones de saldo de cualquier relación de cuenta corriente acordada).

2.   La mercancía entregada seguirá siendo de nuestra propiedad como mercancía reservada hasta que todas las reclamaciones garantizadas hayan sido pagadas en su totalidad.

3.   Si el cliente se retrasa en el pago, tendremos derecho a exigir la devolución de la mercancía reservada sin cancelación previa por nuestra parte.

4.   El cliente almacenará la mercancía reservada para nosotros de forma gratuita.

5.   El cliente está autorizado a revender o procesar la mercancía reservada en el curso ordinario de sus negocios. Sin embargo, por la presente nos cede todas las reclamaciones por el importe del valor de la mercancía reservada con todos los derechos accesorios y nos autoriza a cobrar dichas reclamaciones. Por la presente aceptamos la cesión.

6.   La transformación o remodelación de la mercancía reservada se considerará realizada en nuestro nombre. A este respecto, se nos considerará el fabricante en el sentido del § 950 BGB.

7.   El valor de la mercancía reservada es el importe de nuestra factura. Si la mercancía revendida sujeta a reserva de dominio es copropiedad del cliente, la cesión del crédito se extenderá al importe correspondiente al valor de la participación del cliente en la copropiedad.

8.   En caso de transformación con bienes que no nos pertenezcan, adquiriremos la copropiedad del nuevo bien en la proporción del valor de los bienes sujetos a reserva de dominio respecto al valor de los demás bienes en el momento de la transformación. Si las mercancías sujetas a reserva de dominio se combinan, mezclan o combinan con mercancías que no nos pertenecen, de conformidad con §§ 947, 948 BGB, nos convertiremos en copropietarios de conformidad con las disposiciones legales. Si el cliente adquiere la propiedad exclusiva mediante la combinación, mezcla o combinación, por la presente nos cede la copropiedad en la proporción del valor de la mercancía sujeta a reserva de dominio con respecto a la otra mercancía en el momento de la combinación, mezcla o combinación.

9.   Si la mercancía sujeta a reserva de dominio es instalada por el cliente como parte integrante de una propiedad, buque en construcción o aeronave del cliente, por la presente el cliente nos cede el crédito derivado de la venta de la propiedad, derechos de propiedad, buque, buque en construcción o aeronave por el importe del valor de la mercancía sujeta a reserva de dominio.

10. El cliente no está autorizado a pignorar la mercancía reservada ni a cederla en garantía.

11. El cliente seguirá estando autorizado a cobrar los créditos cedidos hasta su revocación. Mientras el cliente cumpla sus obligaciones de pago con nosotros, no haremos uso de nuestra autoridad de cobro. A petición, el cliente está obligado a nombrar al deudor del crédito cedido y a notificarle la cesión, sin perjuicio de nuestro derecho a notificar nosotros mismos la cesión al deudor.

12. En caso de impago, suspensión de pagos, solicitud de apertura de un procedimiento de insolvencia contra los bienes del cliente o rechazo de dicha solicitud, se extinguirá el derecho a vender, procesar, mezclar, combinar con otros o utilizar de otro modo los artículos entregados sujetos a reserva de dominio.

13. En caso de embargo u otras intervenciones por parte de terceros, el cliente deberá notificárnoslo inmediatamente por escrito para que podamos interponer una demanda de conformidad con § 771 ZPO. Si el tercero no está en condiciones de reembolsarnos los costes judiciales y extrajudiciales de una acción conforme al § 771 ZPO, el cliente será responsable de la pérdida sufrida por nosotros.

X    Disposiciones finales

1.   El lugar de cumplimiento para ambas partes contractuales y para todas las relaciones comerciales mutuas es Weißenhorn.

2.   El lugar exclusivo de jurisdicción es el tribunal en cuyo distrito tenemos nuestro domicilio social. No obstante, también tendremos derecho a interponer una demanda en el domicilio social del cliente o ante otros tribunales competentes en virtud de la legislación nacional o extranjera.

3.   La relación jurídica con el cliente se regirá por la legislación alemana, con exclusión de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG).

4.   Si una o más condiciones fueran total o parcialmente inválidas, esto no afectará a la validez de las condiciones restantes. En la medida en que las condiciones inválidas contengan una parte efectiva y apropiada, ésta se mantendrá.